LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS
Parece que por fin están empezando a brotar aquellos «brotes verdes» de los que hablaba Zapatero. Y con ellos también brotan los compradores: los que os vais a casar o a vivir con vuestras parejas y queréis tener vuestra casa en propiedad, o los que queréis vivir independientes de vuestras familias, los que queréis invertir en un inmueble para alquilarlo, los que queréis invertir para dejarlo en donación o herencia a vuestros hijos, los que queréis especular o «dar un pelotazo», etc.
Los Bancos han vuelto a abrir sus poderosas zarpas y , aunque sea de momento de forma tímida y precavida, el dinero vuelve a circular accionando nuevamente la maquinaria inmobiliaria….. hasta nueva orden….
Por tanto, qué mejor manera de empezar con nuestras Píldoras Notariales que hablando de la Piedra Angular de nuestro pasado y, muy probable próximo BOOM INMOBILIARIO:
LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS.
Pero antes, tan solo una pequeña consideración acerca de las PÍLDORAS NOTARIALES: Son Píldoras GENÉRICAS -cómo no-, a pesar de que posteriormente tratemos de ajustar su contenido, con nuevas Píldoras o en la Categoría de Consultas, a supuestos concretos.
Bueno, ahora sí, vamos a allá:
LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS
LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS se puede formalizar en DOCUMENTO PRIVADO ( lo cual no os recomiendo en absoluto si no queréis tener problemas a largo plazo); o en DOCUMENTO PÚBLICO.
En este último caso, se firma en la Notaría que libremente hayáis acordado parte vendedora y parte compradora.
PASOS A SEGUIR EN LA COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE URBANO (en otras Píldoras os los iremos desarrollando):
1º) LA PARTE VENDEDORA DEBE APORTAR:
- Sus DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: DNI O NIE, no vale sólo Pasaporte!!!
- El TÍTULO DE PROPIEDAD: la escritura o el documento en virtud del cual es dueñ@ del inmueble que se va a vender.
- El ÚLTIMO RECIBO DE CONTRIBUCIÓN: También llamado IBI, del presente año, o del anterior si aún no ha sido notificado.
- El CERTIFICADO DE GASTOS DE COMUNIDAD: del Edificio en el que se integra el inmueble(en caso de pertenecer a un Edificio o Comunidad de Propietarios).
- El CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: para locales y viviendas, con las excepciones previstas en la Legislación aplicable.
- La ACREDITACIÓN DE INEXISTENCIA DE CARGAS, con la NOTA SIMPLE: que no está afecta por ninguna hipoteca, o derecho real que grave el inmueble.
2º) LA PARTE COMPRADORA DEBE APORTAR:
- Sus DOCUMENTOS DE IDENTIDAD: DNI O NIE, no vale sólo Pasaporte!!!
- Los MEDIOS DE PAGO: «LA PASTA» para comprar el inmueble, vamos…..
3º) ¿YA LO TENEMOS TODO?
Entonces ya podéis concretar fecha y hora para firmar en Notaría.
Es muy importante que no te saltes los pasos 1º y 2º si no quieres tener serios problemas y retrasos el día de la firma, tal y como os contaba en el Primer Post » OFICIAL DE NOTARÍA ONLINE»
4º) COMPARECENCIA EN NOTARÍA, LECTURA Y FIRMA:
EL DÍA «D»… la cita en Notaría, comparecéis con toda la documentación que os he comentado –original -si es que en los pasos 2º y 3º la enviasteis por email o dejasteis copias-.
El Notario os leerá la escritura y, si estáis de acuerdo, firmaréis ambas partes -y el propio Notario- al final de la escritura matriz.
5º) TRAMITACIÓN POSTERIOR: LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD:
Es fundamental que la escritura de Compraventa sea inscrita en el Registro de la Propiedad competente, para que surta efectos frente a terceros. Y para ello, obligatoriamente deberás pagar -o presentar- el Impuesto correspondiente.
Y hasta aquí la 1ª PÍLDORA: LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS.
Para más info busca en el resto de Píldoras Notariales.
Hasta pronto…