LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS

Parece que por fin están empezando a brotar aquellos «brotes verdes» de los que hablaba Zapatero. Y con ellos también brotan los compradores: los que os vais a casar o a vivir con vuestras parejas  y queréis tener vuestra casa en propiedad, o los que queréis vivir independientes de vuestras familias, los que queréis invertir en un inmueble para alquilarlo, los que queréis invertir para dejarlo en donación o herencia a vuestros hijos, los que queréis especular o «dar un pelotazo», etc.

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS

Los Bancos han vuelto a abrir sus poderosas zarpas y , aunque sea de momento de forma tímida y precavida, el dinero vuelve a circular accionando nuevamente la maquinaria inmobiliaria….. hasta nueva orden….

Por tanto, qué mejor manera de empezar con nuestras Píldoras Notariales que hablando de la Piedra Angular de nuestro pasado y, muy probable próximo BOOM INMOBILIARIO:

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS.

Pero antes, tan solo  una pequeña consideración acerca de las PÍLDORAS NOTARIALES: Son Píldoras GENÉRICAS -cómo no-, a pesar de que posteriormente tratemos de ajustar su  contenido, con nuevas Píldoras o en la Categoría de Consultas, a supuestos concretos.

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS

Bueno, ahora sí,  vamos a allá:

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS se puede formalizar en DOCUMENTO PRIVADO ( lo cual no os recomiendo en absoluto si no queréis tener problemas a largo plazo); o en DOCUMENTO PÚBLICO.

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS

En este último caso, se firma en la Notaría que libremente hayáis acordado parte vendedora y parte compradora.

PASOS A SEGUIR EN LA COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE URBANO (en otras Píldoras os los iremos desarrollando):

1º) LA PARTE VENDEDORA DEBE APORTAR:

  • Sus DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: DNI O NIE, no vale sólo Pasaporte!!!
  • El TÍTULO DE PROPIEDAD: la escritura o el documento en virtud del cual es dueñ@ del inmueble que se va a vender.
  • El ÚLTIMO RECIBO DE CONTRIBUCIÓN: También llamado IBI, del presente año, o del anterior si aún no ha sido notificado.
  • El CERTIFICADO DE GASTOS DE COMUNIDAD: del Edificio en el que se integra el inmueble(en caso de pertenecer a un Edificio o Comunidad de Propietarios).
  • El CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: para locales y viviendas, con las excepciones previstas en la Legislación aplicable.
  • La ACREDITACIÓN DE INEXISTENCIA DE CARGAS, con la NOTA SIMPLE: que no está afecta por ninguna hipoteca, o derecho real que grave el inmueble.

2º) LA PARTE COMPRADORA DEBE APORTAR:

  • Sus DOCUMENTOS DE IDENTIDAD: DNI O NIE, no vale sólo Pasaporte!!!
  • Los MEDIOS DE PAGO: «LA PASTA» para comprar el inmueble, vamos…..

3º) ¿YA LO TENEMOS TODO?

Entonces ya podéis concretar fecha y hora para firmar en Notaría.

Es muy importante que no te saltes los pasos 1º y 2º si no quieres tener serios problemas y retrasos el día de la firma, tal y como os  contaba en el Primer Post » OFICIAL DE NOTARÍA ONLINE»

4º) COMPARECENCIA EN NOTARÍA, LECTURA Y FIRMA:

EL DÍA «D»… la cita en Notaría, comparecéis con toda la documentación que os he comentado –original -si es que en los pasos 2º y 3º la enviasteis por email o dejasteis copias-.

El Notario os leerá la escritura y, si estáis de acuerdo, firmaréis ambas partes -y el propio Notario- al final de la escritura matriz.

LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS

5º) TRAMITACIÓN POSTERIOR: LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD:

Es fundamental que la escritura de Compraventa sea inscrita en el Registro de la Propiedad competente, para que surta efectos frente a terceros. Y para ello, obligatoriamente deberás pagar -o presentar- el Impuesto correspondiente.

Y hasta aquí la 1ª PÍLDORA: LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES URBANOS.

Para más info busca en el resto de Píldoras Notariales.

Hasta pronto…

OFICIAL DE NOTARIA ONLINE

OFICIAL DE NOTARIA ONLINE

Vamos a ver si te resulta familiar la historia que te cuento a continuación:

Hoy es un día especial. Estás nervios@. Esta noche no has pegado ojo. Has quedado con la Inmobiliaria en  el Banco a las 9:00 para dar los importes para la preparación de cheques y firmar un montón de papeles más..

OFICIAL DE NOTARIA ONLINE

…Estás feliz, pero a la vez muy inquiet@: tu novi@ y tú vais a compraros, por fin….  ¡¡¡VUESTRA CASA!!!. Lleváis unos años ahorrando para pagar los tremendos gastos derivados de su formalización.

Finalmente el Banco no os puede dar toda la financiación que necesitabais puesto que su política comercial, tras el estallido de la Burbuja Inmobiliaria, se ha vuelto más restrictiva; y te toca pagar, al menos un 20 por ciento del precio de la compra + los gastos de la operación.

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Además, has acudido al Banco con tus padres y con los de tu pareja, que no van sólo de apoyo logístico, sino que tienen que firmar como avalistas del préstamo que vais a pedir tú y tu novi@, porque los de «Riesgos» del Banco se niegan a dar el préstamo en caso contrario.

Puedes echarte atrás, por supuesto, pero resulta que hace un par de semanas firmasteis, con los ojos y oídos tapados por la ilusión, un contrato de arras en cuyas estipulaciones se decía expresamente que, en caso de renunciar, perderías los 20.000 euros que tus padres y los padres de tu pareja os habían prestado para «señalizar» el contrato de arras.

      OFICIAL DE NOTARIA ONLINE

 

Tras salir del Banco, te diriges a la Notaría que figuraba designada en el contrato de arras. No la conoces, realmente no conoces ninguna, ya que  NUNCA habías ido al Notario, nunca hizo falta, a «eso van los que tienen pasta» pensabas….

Una vez llegas, te pasan a una Sala, donde esperas un par de horas (o tres), porque resulta que la firma «tiene pegas»: no aparece para CANCELAR SU HIPOTECA el Banco con el que tu hoy vendedor, había firmado su préstamo hipotecario; la provisión de fondos no estaba bien calculada por la gestoría del Banco porque nadie había reparado (tampoco tú, por supuesto), que los gastos de la compraventa no eran con arreglo a Ley, sino que todos los pagabas tú -así lo firmaste en el mandato de venta-; el vendedor no ha aportado el Certificado de Gastos de Comunidad y hay que localizar al Administrador, la Vivienda que vas a comprar es de VPO;  y para colmo aparece en la Nota Simple del Registro una pequeña Anotación de Certificación de Dominio y Cargas, que también hay que cancelar y que tampoco está provisionada.

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Los ánimos se caldean, el permiso de tres horas que te habían dado en el trabajo te los has ventilado hace cincuenta minutos y llamas para excusarte; hace 2 horas que le diste tu DNI al Oficial de la Notaría y te acercas para «ver qué pasa», ¿»eso no debía estar ya preparado antes»?.

Finalmente, tras cuatro horas en la Notaría, NO se ha conseguido firmar NADA. De hecho, se ha pospuesto la operación hasta nueva orden, a ti te apetece mandarlo todo a un sitio muy lejano, y no te cuento a tus padres y a tu novi@.

Y por fin, 4 días después, y 2 días antes de que se pase el plazo para el otorgamiento ante Notario, previsto en el contrato de arras, y no sin antes haber movido cielo y tierra con el Banco, la Inmobiliaria, la Notaría y la Gestoría, te vuelven a citar para el día siguiente: en esta ocasión sólo tienes que esperar un par de horas desde que llegas al despacho del Notari@, ya que al gestor que firma en nombre del Banco estaba formalizando en otra Notaría.

Y entonces entra el señor Fedatario Público en la Sala: hace salir a los vendedores, y comienza a leeros a tu novi@ y a ti (y a vuestros papis)  la escritura de Préstamo, «un tostón» de ciento y pico páginas, que parece redactado en alguna extraña lengua oriental, mientras vosotros a estas alturas ya cruzáis los dedos para que los vendedores aún sigan fuera de la sala para entrar de nuevo a venderos la casa (…..).

Y podríamos seguir añadiendo situaciones, más o menos complejas y/o dramáticas. Tal vez estamos siendo muy exagerados y no tienen por qué, ni de lejos, darse este tipo de situaciones juntas…. pero seguro que a más de un@ os resulta familiar…

En OFICIAL DE NOTARIA ONLINE te echamos un cabo,  tratando desde nuestra humilde visión de Oficiales de Notaría, de aportar nuestro «granito de arena», adentrándoos en la Oficina Notarial, planteando supuestos y situaciones y, de paso, resolver vuestras dudas.

Hasta pronto…

LA NOTARÍA. SU ORGANIGRAMA.

LA NOTARÍA. SU ORGANIGRAMA.

A grandes rasgos, en una Notaría te puedes encontrar con los siguientes Profesionales:

EL NOTARIO y los empleados de la Notaría: OFICIALES DE NOTARÍA, COPISTAS,  personal de PÓLIZAS y personal de  ADMINISTRACIÓN.

Empecemos por el Jefe (o la Jefa):

EL NOTARIO (desmontando Mitos):

Cuando éramos «algo» más jóvenes y nos cuestionábamos aquello de qué voy a ser de mayor, recuerdo aquella visión pueril que muchos teníamos de un Notario, como aquella persona que se había sacado una oposición muy dura, en la que había que estudiar lo imposible,  que estaba «forrado de pasta», que llevaba un puro, una pluma y un reloj muy caros, y que, sentado en su impresionante sillón de piel, se limitaba a poner su autógrafo en un papel  para luego cobrarte un dineral por no haber hecho nada.

LA NOTARÍA. SU ORGANIGRAMA.

De dichos mitos hay dos que son ciertos o, según el caso, parcialmente ciertos:

1º) DIFICULTAD DE LA OPOSICIÓN:
Es indiscutible que, cualquiera que quiera ser Notari@, debe presentarse a una de las oposiciones más duras que, a nivel Estatal, existen en España.

El temario es descomunal y abarca TODO, absolutamente TODOS los asuntos que, potencialmente, te pueden surgir  en una Notaría: Civil, Mercantil, Fiscal…

La media de estas oposiciones oscila entre los 3 y los 5 años, para los más rápidos en conseguirlo, pudiendo llegar hasta los 10 ó más años, en el caso de los más rezagados, y nunca por ello, menos meritorios.

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En el camino muchos «perecen en el intento», sin que les quede absolutamente NADA que les suponga un premio en su Currículum Vitae, o sin que puedan acceder a una Bolsa de Trabajo que, en cambio, sí
sucede en otro tipo de oposiciones, como por ejemplo, a la Administración Pública.

2º) ELEVADAS GANANCIAS:

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Desde luego, hay que reconocer que la aplicación del Arancel Notarial puede, a priori, resultar elevada para los clientes que, en muchos casos, no les queda otra que  ir «a morir» a la Notaría.

No obstante, los que «conocemos el paño» en muchas ocasiones podemos llegar a concluir lo contrario, si tenemos en cuenta la gran cantidad de obligaciones y cometidos que tiene el Notario -y por ende su personal- cada vez que se firma un documento en su despacho, tal y como iremos viendo en futuras entradas.

No son pocas las veces en que hemos oído de los clientes que el Notario «les ha cobrado una pasta»por su escritura, sin haberse detenido a verificar la procedencia de los gastos.

Las ganancias dependen del volumen y del tipo de documento: al contrario que le sucede a la mayoría de funcionarios públicos, los beneficios obtenidos por el Notario vienen determinados por la cantidad y por la cuantía (el importe) de los documentos que se firman.

Aquí está la diferencia: el Notario actúa en este caso (salvando las distancias) como un autónomo, como un empresario que debe dar muy buen servicio para que los clientes acudan a firmar a su despacho y su sueldo está, en gran parte, condicionado por esto.

Sí, es verdad, no hay muchos Notarios en España (en otros países el acceso a esta profesión, su número y su funcionamiento son diferentes), y sí, también es cierto que hay muchos potenciales interesados en acudir a una Notaría, pero tú,LA NOTARÍA. SU ORGANIGRAMA. como cliente, tienes libertad para elegir en qué Notaría quieres firmar la Compra de tu Casa, tu Testamento, o unos Poderes Generales, por ejemplo.

Podríamos pensar que si eres Notario en una Capital de Provincia importante, a pesar de que en la misma haya más competencia por metro cuadrado, es probable que obtengas más beneficios que si lo eres
de una Notaría de  «donde Cristo perdió el gorro». Pero ojo, porque en
en las Capitales de Provincia, el Notario, no puede permitirse el lujo de sacarse la oposición y «tirarse a la bartola» sino que, muy al contrario, si
quiere que el negocio marche bien, debe hacer una importante labor comercial y, por supuesto, ser muy competente ante las, en muchos casos, enormes exigencias formales de los distintos tipos de clientes que se presentan en su despacho.

Como ya hemos dicho antes, no olvidemos  que el Notario, como si de un profesional liberal se tratase, a pesar de supuestamente ser funcionario público, depende en gran medida de la situación económica que le rodea. De tal modo que, si nos remontamos a la época del BOOM INMOBILIARIO, se firmaban documentos notariales como churros con las beneficiosas consecuencias a su favor. Justo lo contrario de lo que ocurrió con el pinchazo de la Burbuja Inmobiliaria.

 

3º) PONEN SU AUTÓGRAFO… ¡Y  A COBRAR!: FALSO.

Si bien es cierto que el Notario suele tener,  empleados que dependen de él y que lo descargan considerablemente de trabajo, ello  no le exime de la responsabilidad de controlar la legalidad de lo que se prepara y luego firma, so pena de fuertes sanciones en caso de incumplimiento.

Muchos Notarios  no se limitan sólo a revisar los documentos preparados por sus Oficiales, sino que también se encargan ellos mismos de redactarlos.

El Notario tiene la obligación de leer y explicar los documentos que se le presentan a los clientes, los cuales tienen también derecho a leerlos por sí mismos, y pueden aclarar, previamente, durante la firma, así como en cualquier momento posterior al otorgamiento, cualquier duda o cuestión que les surja en relación con el contenido de dicho documento.

Junto con estas funciones, en próximas entradas os detallaremos otras que igualmente conllevan un gran trabajo y responsabilidad para el Notario y, cómo no, su plantilla, tales como la remisión de Índices que, hoy por hoy, aumentan considerablemente la carga de trabajo a la Oficina Notarial, habiendo dejado de representar,  un «chollo de trabajo», ejercer esta digna profesión.

LOS OFICIALES DE NOTARÍA:

Los Oficiales de Notaría son las personas encargadas de redactar los documentos que van a ser firmados por el Notario junto con los clientes.

En función de su categoría laboral pueden tener conocimientos para redactar desde escrituras supuestamente más sencillas (Auxiliares), hasta las más complejas (Oficial Primero o Segundo).

Entre los Oficiales de Notaría podéis encontraros con Abogados, Licenciados en Derecho, Económicas, o con estudios en dichas disciplinas, o incluso sin ellos, pero que cuentan con muchos años de experiencia y sobrada capacidad para desempeñar perfectamente su trabajo (en caso contrario os aseguro que no estarían donde están). Incluso entre ellos hay antiguos opositores a Notarías, Registros, etc.

Como os decía, saben muy bien lo que hacen, y son personas de confianza no sólo del Notario, sino, cómo no, de muchos clientes que acuden habitualmente a hacer negocios a la Notaría.

 LA NOTARÍA. SU ORGANIGRAMA.

Y esa confianza se basa en que la gran mayoría no se limita  a redactar, sino que  también asesora a los clientes para encontrar el enfoque adecuado a cada supuesto concreto. Pueden estar especializados en determinadas materias: Hipotecas, Sociedades, Compraventas, Herencias, Poderes, Testamentos, etc,….. o de todas a la vez.

En algunas Notarías de menos volumen o con menos personal, tienen que ser todavía más polivalentes, llegando incluso a facturar las escrituras, envíar Índices, e incluso sacar las Copias de las escrituras para que se las lleven los clientes.

EL PERSONAL DE PÓLIZAS

Hasta no hace muchos años,  principios de Siglo XXI, se distinguía entre el Cuerpo de Notarios y el de Corredores de Comercio, éste último encargado de intervenir documentos mercantiles, entre otros muchos, Préstamos Personales, Pólizas, Compraventas de Valores, Letras, etc. Tenías que acudir a ellos para firmar la financiación del coche o para que le dieran financiación a tu empresa.

Tras la fusión de ambos en uno, el de Notarios, éstos han asumido aquéllas funciones, pero de la preparación de dichos documentos se sigue encargando  el personal de Pólizas quienes, además, deben realizar una excelente labor comercial tanto con los clientes como con los propios Bancos y Financieras.

LA NOTARÍA. SU ORGANIGRAMA.

Al igual que ocurre con los Oficiales de Notaría, en muchas ocasiones el personal de Pólizas puede desempeñar, en función del número de empleados, otras labores de Notaría, como facturar, expedir copias, testimonios, legitimaciones, etc.

LOS COPISTAS 

No, no se limitan a hacer fotocopias….., ni tampoco a darle a Imprimir a las escrituras que han preparado los Oficiales y/o el Notario.

Además de tener que ser igual de polivalentes, e incluso más en algunos casos, que los dos tipos de empleados mencionados anteriormente, el personal de Copias o «Copistas» expide las Copias Autorizas y Simples de las Escrituras, efectúa las correcciones detectadas y anotadas por el Notario en la lectura de la escritura, alertan de posibles fallos formales en las propias escrituras que deberán ser posteriormente  subsanados ante el Notario; contactan y remiten documentación por medios telemáticos a los Registros de la Propiedad y Mercantiles, a los Ayuntamientos, a las Consejerías de Economía y Hacienda de las Comunidades Autónomas, despachan con gestores, con clientes, y un largo etcétera de funciones desconocidas para cualquiera que llegue a la Notaría y pida una Copia «para ya» y se extrañe de no «llevársela puesta» de inmediato.

ADMINISTRACIÓN 

Son los empleados de la Notaría que facturan las escrituras, las Actas y en muchos casos, también las «Pólizas» que se firman en las Notarías, junto con los Testimonios, Legitimaciones y cualquier otro documento Notarial.

Para facturar utilizan el «Arancel Notarial», hoy por hoy volcado en los programas de gestión de las Notarías.

Contactan con los gestores, con los asesores, con los abogados, en definitiva, con los clientes en general informándoles acerca de: presupuestos y provisiones de fondos solicitados por los clientes, avisan a estos cuando el documento Notarial está listo para retirar y su importe, reclaman las facturas pendientes; contabilizan ingresos y gastos, resuelven dudas y reclamaciones de los clientes  al respecto del importe de  la factura de Notaría, obviamente puede consultársela a ellos, pudiendo reclamar al propio Notario e, incluso, al Colegio Notarial competente para verificar que la Factura se adecúa al Arancel Notarial.

Junto a la función de facturar, son los principales encargados de remitir el Índice Notarial, cuyo nombre correcto es el Índice Único Informatizado Notarialen el que se recogen todos, absolutamente toooodos los datos de los documentos que se han firmado en la Notaría….pero de esto ya os hablaré en otro Post.

Y, como ya he dicho antes, en muchos casos se encargan también de las Copias o de las Pólizas o de la redacción de escrituras, o de todo a la vez.

PERSONAL DE RECEPCIÓN

Son los que reciben a «Porta Gayola» a los clientes

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y, por lo general, los primeros que «pagan el pato» en las distintas situaciones incómodas que pueden generarse en una Notaría, como suele suceder en cualquier otro lugar de trabajo de cara al público.

Atienden a los clientes, tanto a los que llaman por teléfono, como a los que contactan por email con la Notaría y, cómo no, a los que se  personan en la Notaría con un incendio bajo el brazo.

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Y no sólo eso, sino que además  desempeñan labores de otros departamentos de la Oficina Notarial tales como las de Copistas, Administración, Pólizas y, por qué no, las propias de los Oficiales de Notaría, todo ello, al igual que en las restantes «categorías» profesionales, en función del tipo de Notaría, de su localización y, cómo no, de su volumen de trabajo.

 

TODOS los empleados de la Notaría son, al igual que el propio Notario,  grandes profesionales, con una enorme capacidad de trabajo y dedicación.

Un respeto para todos ellos.

Hasta pronto…